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Horario extendido de: 6:00 am hasta las 10:00 pm. Incluye Domingos y Festivos.

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TAXI-1.1

Pico y Placa Particulares:

Lunes: 7-1 martes: 3-0 miércoles: 4-6 jueves: 5-9 viernes: 8-2

TAXI-1.2

Pico y Placa Taxis

lunes: 31 de julio : 9

MOTO-1

Pico y Placa Motos

Lunes: 7-1 martes: 3-0 miércoles: 4-6 jueves: 5-9 viernes: 8-2

EMPRESA

CDA AUTOSUR S.A.S es una organización dedicada a prestar el mejor servicio en cuanto a revisión técnico mecánica y emisiones contaminantes, basados por la normatividad legal aplicable.

SERVICIOS

  1. Revisiones preventivas

    Revisión Técnico Mecánica y Emisiones Contaminantes para vehículos livianos cuyo peso vehicular en vacío sea inferior a 3500 kg y con llanta sencilla en el eje trasero (particulares, taxis y vehículos de servicio público).

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  2. SOAT

    .
    Es un seguro que deben adquirir todos los vehículos automotores ya que la ley lo obliga, solamente ampara los daños corporales causados a todas las personas involucradas en un accidente de tránsito, sin importar que sean peatones, pasajeros o conductores.

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PREGUNTAS FRECUENTES

  1. ¿Qué es la revisión Técnico Mecánica?

    La Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes es un procedimiento obligatorio que utilizan las autoridades colombianas para conocer si los vehículos poseen las condiciones mecánicas óptimas y de emisiones contaminantes pertinentes para poder circular por todas las vías del país.

  2. ¿Qué tipos de vehículo deben realizar este trámite?

    •Vehículos Particulares: La primera revisión se da 5 años después de la fecha de matricula, después cada año.
    •Vehículos Públicos: La primera revisión se da 2 años después de la fecha de matricula, después cada año.
    •Motocicletas:a primera revisión se da 2 años después de la fecha de matricula, después cada año.

  3. ¿Cuál es la ley que rige este procedimiento?

    La ley 769 de 2002 del código de tránsito de Colombia en sus artículos 28 y 50, 51, 52, 53 y 54 y las resoluciones 3768 del ministerio de ambiente y desarrollo sostenible.

  1. ¿Qué documentos debo presentar?

    Debe presentarse matricula (licencia de tránsito). Para vehículos convertidos a gas, documento de revisión anual vigente. Adicional el vehículo a inspeccionar debe de llegar en estado adecuado de limpieza que permita una revisión visual confiable, también debe llegar descargado y sin tapas en los rines.

  2. ¿Qué pasa si mi vehículo no aprueba la revisión técnico mecánica?

    En caso que el vehículo no haya aprobado la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes no se reembolsará el dinero y se seguirá lo estipulado en el Articulo Nº 6 Resolución 5111 de 2011 del Ministerio de Transporte: “El propietario, poseedor o tenedor de un vehículo automotor que habiendo sido sometido a la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes no la haya aprobado, contara por una sola vez con un término de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de su reprobación, para efectuar las reparaciones pertinentes y presentarlo al mismo centro de diagnóstico automotor para su revisión sin costo alguno. Vencido este plazo o no habiendo aprobado esta última revisión, deberá someterse nuevamente al proceso de revisión técnico mecánica y emisiones contaminantes asumiendo su costo”.

    ARTÍCULO 28. Vehículos rechazados. Si al verificar el resultado total de las pruebas, en las revisiones técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, el vehículo automotor es reprobado de acuerdo con los criterios señalados para el efecto, el Centro de Diagnóstico Automotor o línea móvil, deberá entregar copia del Formato Uniforme de Resultados de las revisiones técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor, quien deberá efectuar las reparaciones pertinentes y subsanar los aspectos defectuosos dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha en que fue reprobado.

    Una vez efectuadas las reparaciones el propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor podrá volver por una sola vez sin costo al mismo Centro de Diagnóstico Automotor o línea móvil, para someter el vehículo a la revisión de los aspectos reprobados en la visita inicial.

    Parágrafo. En la segunda visita al Centro de Diagnóstico Automotor o la línea móvil, el vehículo, en todos los casos, será objeto de una revisión sensorial completa para verificar que las condiciones generales del vehículo se mantienen, y se procederá a hacer una revisión gratuita de los aspectos reprobados en la visita inicial mediante revisión visual o revisión mecanizada, según corresponda. Cuando de la revisión visual se compruebe que el vehículo pudo haber sufrido alguna alteración, éste será sometido a una revisión total como si acudiera por primera vez y esta generara el respectivo cobro.

  3. ¿Cuándo debo realizar la revisión técnico mecánica?

    Vehículo Particular: La primera revisión se debe hacer a los 5 años y después cada año.

    Vehículo Público: La primera revisión se debe hacer a los 2 años y después cada año.

    Motos: La primera revisión se debe hacer a los 2 años y después cada año.

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