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Comuníquese con nosotros al número telefónico: (604) 309 55 44
EMPRESA
CDA AUTOSUR S.A.S es una organización dedicada a prestar el mejor servicio en cuanto a revisión técnico mecánica y emisiones contaminantes, basados por la normatividad legal aplicable.
SERVICIOS
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Revisión tecnomecánica
Revisión Técnico Mecánica y Emisiones Contaminantes para vehículos livianos, vehículos pesados y motocicletas
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Revisiones preventivas
Revisión Técnico Mecánica y Emisiones Contaminantes para vehículos livianos cuyo peso vehicular en vacío sea inferior a 3500 kg y con llanta sencilla en el eje trasero (particulares, taxis y vehículos de servicio público).
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Pruebas ambientales
Se realiza inspección de gases del vehículo o motocicleta y se entrega estado del mismo.
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PREGUNTAS FRECUENTES
- ¿Qué es la revisión Técnico Mecánica?
La Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes es un procedimiento obligatorio que utilizan las autoridades colombianas para conocer si los vehículos poseen las condiciones mecánicas óptimas y de emisiones contaminantes pertinentes para poder circular por todas las vías del país.
- ¿Qué tipos de vehículo deben realizar este trámite?
•Vehículos Particulares: La primera revisión se da 5 años después de la fecha de matricula, después cada año.
•Vehículos Públicos: La primera revisión se da 2 años después de la fecha de matricula, después cada año.
•Motocicletas:a primera revisión se da 2 años después de la fecha de matricula, después cada año. - ¿Cuál es la ley que rige este procedimiento?
La ley 769 de 2002 del código de tránsito de Colombia en sus artículos 28 y 50, 51, 52, 53 y 54 y las resoluciones 3768 del ministerio de ambiente y desarrollo sostenible.
- ¿Qué documentos debo presentar?
Debe presentarse matricula (licencia de tránsito). Para vehículos convertidos a gas, documento de revisión anual vigente. Adicional el vehículo a inspeccionar debe de llegar en estado adecuado de limpieza que permita una revisión visual confiable, también debe llegar descargado y sin tapas en los rines.
- ¿Qué pasa si mi vehículo no aprueba la revisión técnico mecánica?
En caso que el vehículo no haya aprobado la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes no se reembolsará el dinero y se seguirá lo estipulado en el Articulo Nº 6 Resolución 5111 de 2011 del Ministerio de Transporte: “El propietario, poseedor o tenedor de un vehículo automotor que habiendo sido sometido a la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes no la haya aprobado, contara por una sola vez con un término de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de su reprobación, para efectuar las reparaciones pertinentes y presentarlo al mismo centro de diagnóstico automotor para su revisión sin costo alguno. Vencido este plazo o no habiendo aprobado esta última revisión, deberá someterse nuevamente al proceso de revisión técnico mecánica y emisiones contaminantes asumiendo su costo”.
ARTÍCULO 28. Vehículos rechazados. Si al verificar el resultado total de las pruebas, en las revisiones técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, el vehículo automotor es reprobado de acuerdo con los criterios señalados para el efecto, el Centro de Diagnóstico Automotor o línea móvil, deberá entregar copia del Formato Uniforme de Resultados de las revisiones técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor, quien deberá efectuar las reparaciones pertinentes y subsanar los aspectos defectuosos dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha en que fue reprobado.
Una vez efectuadas las reparaciones el propietario, poseedor o tenedor del vehículo automotor podrá volver por una sola vez sin costo al mismo Centro de Diagnóstico Automotor o línea móvil, para someter el vehículo a la revisión de los aspectos reprobados en la visita inicial.
Parágrafo. En la segunda visita al Centro de Diagnóstico Automotor o la línea móvil, el vehículo, en todos los casos, será objeto de una revisión sensorial completa para verificar que las condiciones generales del vehículo se mantienen, y se procederá a hacer una revisión gratuita de los aspectos reprobados en la visita inicial mediante revisión visual o revisión mecanizada, según corresponda. Cuando de la revisión visual se compruebe que el vehículo pudo haber sufrido alguna alteración, éste será sometido a una revisión total como si acudiera por primera vez y esta generara el respectivo cobro.
- ¿Cuándo debo realizar la revisión técnico mecánica?
Vehículo Particular: La primera revisión se debe hacer a los 5 años y después cada año.
Vehículo Público: La primera revisión se debe hacer a los 2 años y después cada año.
Motos: La primera revisión se debe hacer a los 2 años y después cada año.